sábado, 28 de enero de 2012

La Tradición documental

Categoría: Artículos

Documents Tradition, all the ways in which appears the legal act [The diverse fields of Diplomatics science]

La Tradition des documents, l'acte dans tous ses états [Les divers domaines de la Diplomatique]



Tras analizar la edición documental, en este post pasamos a completar el apartado de teoría básica de diplomática con un análisis básico de la tradición documental, un concepto no solamente útil para los especialistas en la materia sino también para los historiadores, que necesitan realizar un planteamiento crítico del origen de las fuentes con las que construyen sus teorías y su relato.

Temas a tratar:
  1. La tradición del documento diplomático.
  2. Los diferentes estados del documento: el original.
  3. Los diferentes estados del documento: la copia.
  4. El concepto de documento falso.
  5. Bibliografía.
Para conocer el significado de tradición documental debemos acudir a la entrada correspondiente en el vocabulario de la Comisión Internacional de Diplomática, en la cual está definida como: "la sucesión de estados de un documento entre la forma original que sigue la intención de su autor y la forma en que dicho documento ha sobrevivido". Es decir, el grado de transmisión en que ha llegado a nosotros un determinado documento.
Reconocer ese grado de transmisión del documento es fundamental para criticar su contenido ya que nos indica la distancia existente entre la redacción original y la copia con la que estamos trabajando, una copia cuyo contenido y forma puede variar con respecto al primigenio, un aspecto que para las posiciones hipercríticas propias del positivismo de finales del siglo XIX y comienzos del siglo XX, fue suficiente para tachar a esos documentos como falsos e inútiles en el discurso histórico, venerando la importancia de la pieza original. Actualmente esas posiciones radicales están desfasadas, se ha profundizado en el concepto de falso documental e incluso se valora como prueba histórica del momento de su segunda redacción, como bien veremos en el tercer capítulo de este artículo.

Para el conocimiento de algunas etapas históricas, desgraciadamente (o más bien afortunadamente) carecemos de originales y sólo contamos con copias de documentos para construir el discurso histórico, es el caso de la Alta Edad Media, ese periodo "oscuro" cuya documentación se ha conservado esencialmente en cartularios elaborados por instituciones religiosas varios siglos después con el objetivo de reconocer sus derechos históricos ante los cambios acaecidos durante la plenitud del medioevo. Un ejemplo para mi cercano es el del Reino Astur, del que se conservan escasos originales como el célebre documento de Fakilo de 803, y el resto son copias posteriores reunidas en su mayor parte, dentro del Liber Testamentorum, un cartulario elaborado por el obispo don Pelayo a mediados del siglo XII en plena Reforma Gregoriana, periodo caracterizado por la redefinición de las diócesis, por lo que es habitual como se manipula ligeramente el contenido para defender los derechos del obispado ovetense.

En otros casos conservamos tanto los originales como posteriores copias en diversas formas, por lo que actúa ese concepto de cadena y podemos construir esquemas similares a árboles genealógicos en donde se establece una filiación entre el original y los sucesivos estados, ya que cada nuevo instrumento en donde se copia el contenido puede partir desde cualquiera de los otros estados anteriores, esto significa que en algunos casos ciertos estados parten de una copia y otros de otra. Esto es muy habitual en documentos bajomedievales que además de llegarnos fácilmente en su forma original e incluso en anteriores como las minutas o el registro, pueden ser copiados en segundas expediciones, en cartularios y en diferentes instrumentos de gestión administrativa.


2.- Los diferentes estados del documento: el original.

El primer estado del documento es el original que es aquel que conserva la forma y soporte en que fue escrito por voluntad de sus autores y que no plantea dudas sobre su validez jurídica, por tanto es primigenio y tiene un carácter de perfección y acabado, en la edición diplomática se reconoce con la letra A. Aunque también debemos considerar originales aquellos documentos que han sufrido un deterioro: faltan trozos por rotura o se perdieron elementos por sustracción (es el caso de los sellos cuyo robo para formar colecciones fue habitual en siglos anteriores como señalamos en el artículo sobre la sigilografía) pero conservan parcialmente la materia sustentante y la mano originaria. También cabe destacar que se consideran originales tanto los documentos autógrafos y los heterógrafos, no influye en la originalidad que el autor documental y el rogatario sean diferentes personas, sino toda la documentación de cancillería y notarial no se consideraría original.

El original no tiene porque ser "único", aspecto que se cumple si solamente se tiene la necesidad de escriturar un acto jurídico en un sólo documento original, pero en otros casos tenemos constancia de la existencia de dos o más, los originales dúplices y múltiples, que en la edición diplomática se señalan como A1, A2, A3... El caso más frecuente de los originales dúplices son los contratos privados que implican derechos a dos partes diferentes que son a la vez actores documentales y cuando están en igualdad de condiciones se consideran además sinalagmáticos, es el caso de las avenencias o las permutas, los cuales fueron en ocasiones objeto de un método de validación conocido como quirografía o carta partida en ABC, donde ambos originales compartían un soporte original y eran separados con un corte particular en forma de picos y con letras cortadas, que probaría la validez material de cada uno de ellos si se volvieran a juntar. Dentro de los oríginales múltiples son habituales los documentos dirigidos a diferentes destinatarios como las cartas circulares, pactos entre varias instituciones o privilegios reales; también es curioso el ejemplo de las cartas de gobierno emitidas en las Indias y dirigidas al monarca español, que para evitar su posible pérdida en el transporte por alta mar, se emitían varios originales para ser enviados en diferentes barcos y que finalmente al menos llegase uno.

No se debe de confundir originales múltiples con originales de segundo grado, aquellos caso en el que tenemos varios documentos que parecen iguales pero varían en ciertos aspectos de su composición, desde la fecha o el destinatario, hasta el propio contenido. Es el caso de los cuadernos de cortes en Castilla.

Además también existe lo que se conoce como originales incompletos, que son todos los borradores previos a la ejecución del original, es decir las minutas, que rara vez tienen todo el contenido final y carecen de validación, las cuales se conservan por casualidad en las oficinas de expedición documental y generalmente eran destruidas tras la elaboración del registro.

Finalmente cabe destacar que si lo habitual es que los original aparezcan de manera individualizada, cada uno con su propio soporte. Existen casos en los que el destinatario prefiere reunir diferentes negocios en un mismo soporte librario, son los cuadernos de documentos originales propios de grandes propietarios que quieren reunir los documentos de compra o cesión de sus posesiones, o de procesos que requieren varios negocios (el antecedente del expediente).


3.- Los diferentes estados del documento: la copia.

Los originales cuyo valor legal se ha prolongado el tiempo o aquellos que han sufrido accidentes, han precisado de la elaboración de copias, en las cuales siempre existe una intermediación entre la primera redacción y la nueva elaboración, con la posibilidad de posibles interpolaciones que estudiaremos en el siguiente apartado, además el elemento sustentante no será el mismo y fácilmente la mano ejecutora tampoco (las copias autógrafas), por tanto los carácteres externos diferirán del original.

En el estudio de las copias hemos de tener en cuenta diferentes factores como: la garantía jurídica de la copia y su formato.

Las copias que cuenta con el mismo valor jurídico que los originales son las certificadas por un poder jurisdiccional. Frecuentemente estudiado es el caso de las copias efectuadas por la cancillería real francesa, conocidas como vidimus (la autoridad competente asegura haber visto el original), pero lo más habitual es que esa misión se asignase al notariado con competencias suficientes para copiar y certificar la validez de un original o de trasladar el contenido de un registro, este tipo de documentos cuenta con un encabeza en donde se advierte de la copia o traslado con los datos básicos del negocio e información física del original (la cual no se puede copiar pero si indicar), para seguidamente copiar integramente el contenido del documento, finalmente en el pie de página se valida la copia con su data, testigos y suscripción del notario. Otro caso diferente es el de la copia certificada de curia que es autorizada por un tribunal de justicia, aunque tiene un formato similar a la notarial, en este caso se describe la actuación del tribunal y habitualmente se validaba con sello, habitualmente porque en algunos casos se recurría a un notario para la puesta por escrito, procedimiento que será obligatorio en la modernidad cuando se establezca que las segundas expediciones notariales deben ser autorizadas por un juez. También podemos considerar como copias certificadas aquellas que están insertas dentro de otro documento nuevo para conferirle un determinado valor, es el caso de los poderes que se insertan íntegros en los contratos notariales para justificar un negocio efectuado por el procurador en nombre de otra persona, o el de las confirmaciones de privilegios regios en las que se copia el original y las sucesivas confirmaciones anteriores.

Por otra parte tenemos las copias en registro, que no sustituyen directamente al original pero dependiendo de la legislación tienen el mismo valor, además posibilitan la redacción de segundas expediciones. Los registros comenzaron a ser utilizados por las cancillerías y el notariado para controlar su producción y garantizar su conservación. Pueden albergar el contenido integro del original o sólo los datos variables del negocio (las notas), en este segundo caso se debería de añadir los formulismos y las cláusulas habituales en caso de traslado, lo que suponía cierto peligro de interpolación y se trató de eliminar en la legislación moderna.

Las copias libres son aquellas que carecen de respaldo jurídico aunque si tienen valor histórico, especialmente aquellas elaboradas antes de la aparición del notariado. También podemos considerar como copias libres aquellas que se asentaron en libros administrativos para facilitar la gestión archivística: libros de actas, libros de rentas... Finalmente algunos manuales consideran que son copias libres todo el tratamiento desde el punto de vista historiográfico: ediciones, traducciones, estudios, regestos, inventarios..., debemos de tener en cuenta que muchos documentos transcritos por eruditos del siglo XVIII sólo han podido llegar a nuestros días gracias a dicha copia ya que el siguiente siglo fue bastante dañino en lo que a conservación archivística se refiere debido a las desamortizaciones.

Desde el punto de vista del formato debemos de tener en cuenta de que pueden estar ejecutadas de manera aislada o dentro de libros o códices, los conocidos como códices diplomáticos y enormemente valiosos para la historiografía al contener un conjunto orgánico de información. Los cartularios son libros elaborados por los destinatarios donde se compilan los documentos recibidos, su proposito es la conservación y la organización de la documentación (un orden temático) de una institución, tanto eclesiástica como laica (los cartularios de municipios), y generalmente son conocidos por su materialidad: tumbo, becerro, cabreo, blanco, rojo; o por su contenido: bulario, liber feudorum maior... Mientras que los registros son libros en los que se contienen los asientos de la documentación expedida por una notaría o una cancillería, abarcan la producción de un determinado periodo de tiempo (generalmente un año) y tienen un orden cronológico, sirven para controlar y conservar los negocios expedidos y poder realizar traslados documentales.

Además debemos de tener en cuenta la materialidad de la copia, si bien no siempre se aspira a imitar el soporte y la mano original, y se conforman con una copia de su contenido y una descripción física, existen casos en los que se intenta hacer una copia imitativa o figurada, lo que se conoce como facsímil y que puede estar validado por una autoridad, no tiene necesariamente una copia libre con fines de engaño o de coleccionismo.


Imagen procedente de Wikimedia Commons con licencia Creative Commons, atribuida al usuario Ramón de Caldes
Muchos cartularios son códices lujosos plagados de miniaturas, es el caso del Liber Feodorum Maior


4.- El concepto de documento falso.

Los positivistas en su afán de buscar el documento original como única prueba irrefutable de un hecho histórico, crearon un vinculo entre original e historicidad que todavía pervive en muchos historiadores. Sin embargo, ese nexo no es defendible ya que muchos documentos que tienen un valor original porque fueron refrendados por una autoridad, tienen un contenido claramente falso, los denominados documentos subrepticios.

Por lo tanto, no debemos de asociar la copia simple con la falsedad histórica, sino someterla a un proceso crítico y obtener indicios sobre si se trata solamente de un falso diplomático o de un falso absoluto. Los falsos diplomáticos son aquellas copias que mantienen el mismo contenido pero que no han sido certificadas por una autoridad, puede ser para renovar su formato, protegerlo de una pérdida, o porque nunca se ha emitido un original. Mientras que los falsos absolutos contienen modificaciones del contenido que pueden ser en su totalidad o en parte, lo más habitual es que sean interpolaciones que modifiquen datos pero no el contexto, que seguiría siendo útil para el historiador.

Una copia, especialmente aquellas que contienen aspectos modificados, contiene información no solamente de la época en que se emitió, sino también de cuando se copio ya que existen motivaciones para realizarlas y para modificar contenidos. Es el caso de algunos cartularios eclesiásticos de los siglos centrales de la Edad Media, en los que se modifico parte del contenido de los documentos más antiguos para defender los derechos de la institución en una época de cambios por las reformas administrativas.


imagen procedente de Wikimedia Commons y carente de derechos de autor
El documento falso por excelencia es la llamada donación de Constantino, en la que se basaba el poder terrenal de la iglesia Medieval y que finalmente fue criticada por el humanísta Lorenzo Valla


5.- Bibliografía.
  • CÁRCEL ORTÍ, María Milagros (ed.) - COMMISSION INTERNATIONALE DE DIPLOMATIQUE, Vocabulaire International de la Diplomatique (2e édition), Universitat de València, Valencia, 1997.
  • GUYOTJEANNIN, Olivier, PYCKE, Jacques, y TOCK, Benoît-Michel, "Tradition I: l'acte dans tous ses états", en Diplomatique Médiévale (3e édition), Brepols, Turnhout, 2006, pp. 271-328 
  • MARSILLA DE PASCUAL, Francisco Reyes, "La tradición de los textos documentales", en RIESCO TERRERO, Ángel (ed.), Introducción a la Paleografía y Diplomática general, Síntesis, Madrid, 1999, pp. 245-255.
  • ROMERO TALLAFIGO, Manuel, "La tradición documental, originales y copias", en Archivística, estudios básicos, Diputación Provincial de Sevilla, 1983, pp. 67-47.
       

      2 comentarios:

      1. Buenas Néstor. Buen artículo de nuevo, pero me falta todo lo que pasa antes de un "original". Hablo de los borradores, minutas, schedae, etc., que quizás en ámbito alto medieval es mucho más raro de encontrar pero en época bajo medieval y en relación al notariado tienen un papel interesante a jugar. De hecho sin especificarlo cuando hablas de falsos diplomáticos ya mencionas documentos incompletos, posibles falsos diplomáticos "porque nunca se ha emitido un original." Que son entonces estos documentos sino borradores? La otra cosa es verificar la historicidad de estos testimonios: solo lo son del intento de redactar un documento, pero no de si el documento original existió o no, o de si la acción jurídica sucedió o no. Un tema interesante pero ciertamente complicado en época medieval. En época contemporanea, en cambio, el borrador (o versionado) es un tema fundamental a la hora de gestionar documentos y hablar de Diplomática.
        Bueno, un saludo!

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      2. Hola Joan,

        Te agradezco que te haya gustado mi artículo.

        Quizás haya pasado demasiado por alto todo lo referido a los pasos previos a la expedición del documento, que ciertamente han tenido gran importancia desde la implantación de centros organizados de creación de documentos (cancillerías, oficinas notariales...) pero que a su vez son grandes desconocidos en las épocas medieval y moderna por cuestiones puramente archivísticas, se conservan algunas minutas de milagro ya que se tendía a eliminarlas una vez expedidas y copiadas en registro. Pero el que se hayan eliminado no es sinónimo de que no hayan sido importantes, incluso tanto como en nuestros tiempos. Ésto es algo que tendre que reseñar en mi tesis sobre los notarios de la catedral de Oviedo a mediados del siglo XV ya que me han aparecido hasta la fecha unas dos minutas, digo hasta ahora porque no descarto que encuentre alguna más ya que están en los lugares más insospechados: en el fondo de legajos misceláneos, metidas dentro de libros posteriores...

        En el caso de los falsos diplomáticos en los que nunca se llego a emitir un original, se refiere más bien, a la puesta por escrito de hechos del pasado que no fueron refrendados por un documento, pero que a posteriori se elabora para así poder defender los derechos. Es decir que un monasterio puede elaborar varios siglos después, un documento que corrobore una supuesta donación real de ciertas propiedades que entonces están en liza..., en este caso tenemos un falso diplomático pero los hechos que indica si pudieron ser ciertos.

        Cuando una minuta se expide, el documento resultante es un original, incluso si la expedición ha tenido lugar varios años después. Es de sobra conocido que las sacas de los registros, especialmente después de instaurarse el protocolo notarial con la pragmática de 1503, se realizan a posteriori del hecho documentado y sólo si son necesarias para un proceso judicial.

        Lo de la historicidad de los testimonios, evidentemente es una cuestión sobre la que pesa la capacidad de crítica del historiador. Se debe de llegar a una situación intermedia entre el positivismo que defendía a rajatabla lo afirmado en la fuente histórica (siempre que no fuese un falso), y los postmodernos que dudan sistematicamente de la veracidad de lo escrito, porque si por ellos fuese, sería imposible construir el relato histórico ante tal grado de escepticismo, algo que sin duda sería de mayor gravedad en la historia medieval, construida en un 80% por documentos escritos, en su mayoría documentos diplomáticos.

        Espero que mis aclaraciones sobre las cuestiones que planteas sean útiles.

        Un saludo!

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